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Atrás Fomento de programas mixtos de formación-empleo.

Fomento de programas mixtos de formación-empleo.


OBJETIVO


Mejora de la formación al mismo tiempo que se ejerce un oficio.


CONTENIDO


MEDIDA 8.2.2.5 Fomento de programas mixtos de formación-empleo.


BENEFICIARIO


REQUISITOS GENERALES EXIGIDOS PARA LA GARANTÍA JUVENIL, según la Ley 18/2014 modificada por el Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil:

Personas jóvenes desempleadas de más de 16 años y menos de 30, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que en el momento de su incorporación a la acción formativa, reúnan los requisitos que se relacionan a continuación:

  • No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud. 

  • No haber recibido acciones educativas o formativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud .

  • Tener nacionalidad española o de algún Estado miembro de la UE o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. En caso de nacionales de otros países deberán ser titulares de una autorización de residencia en territorio español en vigor que habilite para trabajar..

  • Estar empadronadas en cualquier localidad del territorio español.

  • Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema de Garantía Juvenil adquiriendo un compromiso de participación activa.

https://garantiajuvenil.sepe.es/login.action?


INFORMACIÓN ADICIONAL


Los proyectos a subvencionar se configuran como programas mixtos de empleo formación que tienen por objeto cubrir las deficiencias estructurales detectadas en materia de cualificación-inserción en la planificación estratégica del SERVEF, así como la mejora de la cualificación y la inserción profesional de los jóvenes que cumplan los requisitos recogidos en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, para beneficiarse de una acción derivada del Sistema Nacional de Garantía Juvenil mediante la realización de proyectos de formación en alternancia con el empleo, a fin de facilitar una oportunidad laboral simultánea a la formación necesaria para adquirir las competencias que aumenten la cualificación-inserción de los trabajadores formados. Los proyectos irán dirigidos exclusivamente a la participación en obras o servicios de utilidad pública o interés social cuya realización contemple especialidades que dispongan de los correspondientes certificados de profesionalidad.


CÓMO SOLICITARLO


Para la incorporación del alumnado a las acciones formativas, podrá informarse a través de la página Web del SERVEF o bien a través de su oficina SERVEF de empleo en la que recibirá orientación y se le informará del procedimiento a seguir según se establezca en cada convocatoria.

Así mismo se le informará y facilitará el acceso al registro del Sistema de Garantía Juvenil que se realizará través de la página del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que se podrá realizar:

*De forma telemática.

  • Accediendo al registro con DNI electrónico o certificado. (Mas sencilla).

  • Accediendo con usuario y contraseña. Para las personas que no dispongan de identificación electrónica, podrá rellenar un formulario para solicitar el usuario y contraseña que posteriormente recibirá para poder inscribirse telemáticamente.

*De forma presencial (excepcionalmente).

  • Únicamente en los casos de personas con riesgo de exclusión social y/o discapacidad reconocida (con certificación acreditativa en ambos casos). Estas personas podrán inscribirse mediante la presentación del formulario.

http://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/garantia_juvenil/documentos/formulario_inscripcion.pdf

 

El formulario se podrá encontrar en la página Web del ministerio. Una vez cumplimentado telemáticamente se presentará en las oficinas de registro de la administración General del Estado, de las CCAA y de las Entidades establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Como son:

  • En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

  • También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

Si esta interesado en esta actuación podrá obtener información de la misma a través de la pagina Web de Garantía Juvenil del Portal de la Generalitat Valenciana, así como en la web del SERVEF http://www.servef.es.

Para cualquier información relacionada con esta actuación a través del Servicio de Atención Telefónica 012.


DURACIÓN ESTIMADA


6 meses


FECHA INICIO PREVISTA


Cuarto trimestre de 2016.